Divorcio por Desafecto Marital en Venezuela
El Divorcio por Desafecto en Venezuela, (pérdida del afecto marital) surge como nueva causal de divorcio, a raíz de la interpretación vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, contenido en la Sentencia N° 1070 de fecha 09 de diciembre del año 2016, en concordancia con las Sentencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, Nros. 446 y 693, del 15 de mayo de 2014 y 02 de junio de 2015; donde fueron interpretados los artículos 185 y 185-A del Código Civil.
La affectio maritalis es una locución latina que alude a la voluntad de afecto, socorro y auxilio mutuo entre los dos cónyuges durante el matrimonio.
Concepto de Divorcio por Desafecto
Esta nueva causa de Divorcio en Venezuela, es procedente cuando el cónyuge que interpone la solicitud de Divorcio, alega como causal la desaparición de la ‘affectio maritalis‘ o pérdida del affectio maritales, entre este y su cónyuge. Es la existencia de lo que se denomina el Desamor.
Qué es el desamor? El desamor es uno de los sentimientos más humanos que existen. Un sentimiento que se vive con cierto dramatismo existencial en el instante en el que se produce ese desengaño que frustra las expectativas personales del enamorado que ha depositado su confianza en una persona que no le corresponde del mismo modo.
Requisitos del Libelo de Solicitud de Divorcio por Desafecto:
En el libelo de la solicitud del divorcio, debemos indicar: teléfonos, WhatsApp, Email y Dirección de los cónyuges e identificación del abogado.
1.-Indicar el ultimo domicilio conyugal, a efectos de la competencia del Tribunal. Dirección Exacta.
2.- Se debe indicar la fecha de separación fáctica, a pesar que, no se requiere tiempo de separación.
3.-Indicar si se procrearon hijos, y si hubo bienes de gananciales.
4.-En caso de que hay hijos menores se deben fijar las instituciones familiares.
5.-Se debe solicitar la notificación del otro cónyuge, según el caso, y la del Fiscal del Ministerio Público.
6.-Indicar como fundamentos legales el art.185 CC y la Sentencia. 1070 TSJ. Sala Constitucional 09/12/2016.
7.-Expresar las pertinentes conclusiones e indicar los documentos fundamentales: acta matrimonio, copia cedulas de los cónyuges, partidas nacimientos, y otros.
8.-Indicar los datos en poder en caso de haber apoderado judicial.
Procedimiento Judicial de Divorcio por Desafecto en Venezuela
El procedimiento aplicable en las soilcitudes de divorcio por desafecto, es el procedimiento de la jurisdicción voluntaria, previsto en los artículos del 895 al 902 del Código de Procedimiento Civil. Proceso en el cual por su naturaleza no implica el contradictorio ya que es suficiente el deseo de no seguir en matrimonio por parte del cónyuge solicitante para que se decrete el divorcio. (vid. Sentencia N° 0389 del 28/04/2023, Sala Constituicional del TSJ.)
En ese caso el Juez de la causa deberá ordena la notificación del otro cónyuge y al Fiscal del Ministerio Público.
El otro cónyuge deberá comparecer personalmente representado o en su defecto debidamente asistido de abogado. En caso de que se notifique y no comparezca el juez debe dictar la sentencia.
No hay apertura lapso probatorio, con la manifestación de voluntad efectuada por el cónyuge solicitante, es suficiente para que de Mero Derecho, el Juez dicte la sentencia correspondiente.
Ambos cónyuges pueden soltarlo de mutuo acuerdo
Tribunales Competentes para conocer el divorcio por Desafecto
Es menester que en el libelo de la solicitud de divorcio por la causal por Desafecto se indique el último domicilio conyugal a los efectos de la competencia por el territorio.
En caso de no haberse procreados hijos dentro del matrimonio o habiéndolos procreados, sean mayores de edad; los competentes serían los Tribunales de Municipio. Ello se debe a que, esta nueva modalidad de divorcio, no es contenciosa, es de jurisdicción voluntaria, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en la Resolución número 2009-0006, de fecha 18/03/2009, establecio en el artículo 3, que los asuntos de jurisdicción voluntaria, serian competentes los Tribunales serían los de Municipio.
En caso de haber hijos menores de edad, los competentes serian los Tribunales de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de niños, niñas y adolescentes.
Recursos Ordinarios y Extraordinarios en contra la Sentencias en el Procedimiento de Divorcio por causa DESAFECTO
En los estrados de los tribunales, se han visto casos (citados por la Jurisprudencia) referidos al procedimiento de divorcio por “desafecto”, en donde una de las partes que se ha sentido afecta por la sentencia definitiva, y ha interpuesto el recurso ordinario de apelación, y el Tribunal de la causa a negado oír la apelación. (vid. T.S.J., Sala de Casación Civil, Sentencia alfa numérica N° RH.305, de fecha 18/03/2017). Posteriormente a la parte a la que le negaron oír la apelación, interpone un Recurso de Hecho, y el tribunal del Superior, declara sin lugar el recurso de hecho. (vid. T.S.J., Sala de Casación Civil, Sentencia N° 2, de fecha 30 /01/2019). Y, en el caso donde se interpuso un Recurso extraordinario de Casación, el mismo fue declarado sin lugar. (vid.T.S.J., Sala de Casación Civil, Sentencia alfa numérica N° RC.00136, de fecha 30/03/2017). ¿A qué se debe esto, si en nuestra legislación existe la doble instancia?
La respuesta obligada, sería que nuestro máximo Tribunal, ha reiterado su posición en sus diferentes Salas, que el procedimiento de divorcio por “desafecto”, por ser el mismo de mero derecho y no contencioso, no tiene previsto medio recursivo alguno, ni ordinario, ni extraordinario. (vid. Tribunal Supremo de Justicia, la Sala Constitucional, N°0831 de fecha 25/10/2022, en donde ratifica su criterio – establecido en la sentencia N° 357, fechada el 27 de marzo 2009.).
En conclusión, según nuestro máximo Tribunal en los procedimientos de Divorcio por desafecto marital, contra las decisiones de los Tribunales no proceden los recursos de apelación, de hecho ni el Recurso de Casación.
Divorcio por Desafecto de venezolanos desde el Exterior
Con la diáspora de emigrantes venezolanos, muchos de ellos que contrajeron matrimonio en Venezuela, actualmente se encuentran residenciados en el exterior, en unos casos ambos cónyuges están residenciados en el mismo país, en otros casos un cónyuge se encuentra residenciado en un país y otro cónyuge en país distinto. Hay casos donde un cónyuge esta residenciado en Venezuela y el otro cónyuge en el exterior.
Ahora bien, que debemos hacer en múltiples casos antes citados, cuando los cónyuges venezolanos residentes en el exterior, están interesados en solicitar el divorcio ante los Tribunales Venezolanos. En este caso deben otorgar un poder especial para divorcio y, solo en caso de haber menores se deben dar facultad para ratificar las instituciones familiares.
Este poder especial Judicial para el Divorcio por Desafecto de venezolanos desde el Exterior debe cumplir ciertos requisitos:
1.- En caso de otorgase ante una autoridad venezolana en el exterior (cónsul o embajador), luego debe ser visado por abogado venezolano, hay casos en que aceptan el visado vía email.
2.- En caso de haberse otorgado ante una Notaria extranjera, luego se debe legalizar y apostillar.
3.- En caso de haberse otorgado en otro idioma distinto al Castellano, el mismo debe ser traducido por Interprete Público Venezolano, y la traducción de debe ser notariada.
¿Qué dice la sentencia 1070 del TSJ?
Modelo de Escrito de Solicitud de Divorcio por Desafecto Marital
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