Acta de Concubinato Impugacion por Nulidad o Tacha Falsedad

Acta de Concubinato Impugacion, Acta de Concubinato nulidad, Acta de Concubinato tacha falsedad, Acta de Concubinato validez, Acta de Concubinato fecha inicio¡Atención! Tu Acta de Concubinato pudiese ser Impugnada por: Nulidad o Falsedad: Enterate como:

Recientemente, la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia emitió una interesante sentencia, la Nro. 000408 del 7 de julio de 2025 (Expediente Nro. AA20-C-2024-000269), con ponencia del Magistrado José Luis Gutiérrez Parra. Esta sentencia abordó un punto crucial: la validez de las actas de concubinato o de uniones estables de hecho. Se estableció que, si no son impugnadas (por nulidad o tacha de falsedad) en el juicio donde son presentadas, hacen plena prueba.

Además, la sentencia también destacó que el inicio de la relación concubinaria no necesariamente coincide con la fecha de su inscripción. Puede ser una fecha anterior, indicada por los concubinos al momento de registrar el acta.

Como abogado litigante, esta sentencia me motivó a investigar a fondo las formas de impugnar las actas de concubinato en Venezuela. A continuación, les presento un borrador de mi investigación.

En Venezuela, el Acta de Registro de Concubinato es un documento público que sirve para acreditar la unión de hecho. Su validez y pleno valor probatorio están respaldados por varios artículos de la Ley Orgánica de Registro Civil:

Artículo 77: Le otorga la categoría de documento público.

Artículo 155: Establece su pleno valor probatorio.

Artículo 118: Dictamina que la manifestación de voluntad de mantener una unión estable de hecho, una vez registrada, adquiere plenos efectos jurídicos. Este artículo también resalta que dicho reconocimiento no menoscaba ningún derecho anterior al registro.

A pesar de que el Acta de Registro de Concubinato es suficiente para acreditar el vínculo concubinario, su validez puede ser impugnada. Esto puede ocurrir a través de un proceso de nulidad o tacha de falsedad, cada uno con fundamentos y efectos jurídicos distintos.

I.-La nulidad de un acta de registro de concubinato

La nulidad de un acta de registro de concubinato se refiere a la invalidez del acto jurídico en sí, es decir, a vicios que afectan su validez desde su origen. Los motivos pueden derivar de la Ley Orgánica de Registro Civil y el Código Civil venezolano.

Algunos de los motivos más comunes son:

1.- Vicios en el consentimiento: Si la manifestación de voluntad de una o ambas partes no fue libre, consciente y voluntaria. Por ejemplo, si hubo: Error: Falsa apreciación de la realidad sobre hechos esenciales del concubinato o de la persona. Dolo: Engaño o fraude para obtener el consentimiento de una de las partes. Violencia o intimidación: Amenazas o coacción que forzaron la declaración.

2.- Falta de capacidad de las partes:

2.1.- Minoría de edad: Si alguna de las partes no tenía la edad legal para establecer una unión concubinaria según la ley venezolana al momento del registro.

2.2.- Interdicción o inhabilitación: Si una de las partes se encontraba en estado de interdicción o inhabilitación que le impedía válidamente contraer obligaciones de esta naturaleza.

2.3.- Existencia de matrimonio previo: Si uno de los concubinos estaba casado con otra persona al momento de registrar el concubinato, la unión de hecho no puede producir efectos jurídicos sino hasta la fecha del divorcio del matrimonio preexistente. La coexistencia de un matrimonio con un concubinato es una causal de invalidez para los efectos jurídicos del concubinato.

2.4.- Incumplimiento de requisitos esenciales de la unión concubinaria: Aunque el concubinato es una situación fáctica, su registro formal requiere el cumplimiento de ciertos requisitos para su validez y reconocimiento jurídico, como la singularidad (no puede haber otra unión de hecho o matrimonio simultáneo) y la estabilidad.

3.- Vicios de forma o procedimiento en el registro: Si el acta no cumple con las formalidades exigidas por la Ley Orgánica de Registro Civil, por ejemplo:

  •  Falta de intervención del funcionario competente.
  • Omisión de datos esenciales exigidos por la ley.
  • Realización del registro en un lugar o forma no permitida.

4.- Objeto ilícito o causa ilícita: Si la finalidad del concubinato o el motivo del registro es contrario a la ley, al orden público o a las buenas costumbres.

La nulidad puede ser declarada por vía judicial, a través de una demanda de nulidad interpuesta por la parte interesada, el Ministerio Público o cualquier persona que tenga un interés legítimo.

II.- Tacha de Falsedad de un Acta de Registro de Concubinato

La tacha de falsedad, por su parte, se dirige a la inexactitud o alteración material o ideológica del contenido del documento público, no necesariamente a la validez del acto jurídico que contiene. En otras palabras, se impugna que el documento no refleja la verdad de los hechos que en él se consignan o que ha sido alterado. El Código Civil y el Código de Procedimiento Civil establecen los motivos para tachar de falso un instrumento público.

Los motivos de tacha de falsedad pueden ser:

1.- Falsedad Material:

1.1.-Falsificación de firmas: Que no ha habido la intervención del funcionario público que aparece autorizando el acta, sino que la firma de este fue falsificada. Esto también aplica a la firma de las partes.

1.2.- Alteraciones materiales: Que el acta ha sido alterada, rayada, raspada o modificada después de su otorgamiento, sin la debida corrección o autorización.

1.3.- Fabricación total o parcial del documento: Que el documento en sí no existió o fue creado de forma fraudulenta.

1.4.- Falsedad Ideológica (o falsedad intelectual): Se refiere a la verdad de lo que el funcionario público declara haber efectuado, visto u oído. Esto ocurre cuando, a pesar de que el funcionario haya intervenido y la forma sea correcta, lo declarado en el acta no se corresponde con la realidad. Por ejemplo:

  • Que el funcionario público mienta al dar fe de declaraciones no hechas por las partes, o que atestigüe hechos que no ocurrieron en su presencia.
  • Que se consignen datos falsos en el acta, como fechas, nombres, estado civil de las personas, sabiendo que son incorrectos. Sin embargo, es importante destacar que la fe pública del funcionario no abraza la verdad de las declaraciones de las partes.
  • Si la falsedad proviene de las propias declaraciones de las partes (por ejemplo, si mienten sobre su estado civil), la vía para impugnar podría ser la acción de simulación o nulidad del acto, no la tacha de falsedad del documento en sí, ya que la tacha busca anular la eficacia probatoria del documento por vicios en su confección, no por la falsedad del contenido declarativo de los otorgantes.

La tacha de falsedad puede proponerse como acción principal (demandando la falsedad del documento) o incidentalmente en el curso de un juicio donde se presente el acta como prueba.

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