Plazo para presentar Declaracion Sucesoral Seniat

I.- ¿Cuánto tiempo tengo para hacer una declaración Sucesoral?

El plazo para presentar la Declaración Sucesoral Seniat en Venezuela es de 180 días hábiles a partir de la apertura de la sucesión. Este plazo está estipulado en el Artículo 27 de la Ley de Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y demás Ramos Conexos.

II.- Cálculo de Días Hábiles

Es fundamental entender cómo se cuentan estos días. Según el Artículo 10 del Código Orgánico Tributario, los plazos establecidos por días se computan como días hábiles, a menos que la ley disponga lo contrario.

III.- Diferencia entre Días Hábiles y Días Continuos

  • Días Continuos: Incluyen todos los días del calendario, sin excepción. Esto abarca días laborales, festivos, domingos y vacaciones.
  • Días Hábiles: Comprenden los días de lunes a viernes, excluyendo feriados y fines de semana (sábados y domingos).

IV.- Estimación del Plazo en Meses

Para tener una idea más clara del tiempo que representa 180 días hábiles, podemos calcularlo en meses. Generalmente, un mes tiene aproximadamente 22 días hábiles (considerando los fines de semana y feriados).

V.- Cálculo Aproximado

Dividiendo los 180 días hábiles entre 22 días hábiles por mes, obtenemos:

[ \text{180 días hábiles} \div \text{22 días hábiles/mes} \approx 8 \text{ meses} ]

Por lo tanto, se estima que tienes alrededor de 8 meses para presentar la declaración sucesoral.

VI.- Consecuencias del Incumplimiento: El incumplimiento del plazo establecido para presentar la declaración sucesoral puede resultar en sanciones administrativas, que pueden incluir multas y otros cargos. Estas sanciones están diseñadas para incentivar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y evitar el retraso en la administración de la herencia.

VII.- Sanciones por Incumplimiento

  • Multa por Presentación Extemporánea: Se han impuesto multas significativas por la presentación extemporánea de la declaración sucesoral.
  • Sanciones por Ilícitos Formales: El incumplimiento del deber formal de presentar oportunamente las declaraciones puede acarrear sanciones adicionales, como se observa en procedimientos administrativos donde se aplicarán sanciones por incumplimiento de este deber.

VIII.- Sanciones en Casos de Herencias

En lo referente a las penalizaciones impuestas a los herederos que no presentan la declaración de herencia a tiempo, es fundamental considerar las disparidades entre las disposiciones actuales y las derogadas.

  1. a) Código Orgánico Tributario en vigor (2020): Las sanciones están impuestas en euros y se determinan conforme al tipo de cambio oficial de la divisa de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela.
  2. b) Código Orgánico Tributario abrogado (2014): Las sanciones se expresaban en unidades tributarias.

XI.- Penalizaciones según la fecha límite

La multa aplicada varía según la fecha de expiración del período para realizar la declaración y la fecha de fallecimiento del difunto.

-En el Código actual (2020), si la fecha límite es posterior al 28 de febrero de 2020, la presentación tardía de la declaración de la declaración sucesoral  la multa es de 100 euros (artículo 103, numeral 3). En caso de superar un año de retraso, ascendería a 150 euros (artículo 103, numeral 1).

-En el código derogado, cuando la fecha límite es anterior al 28 de febrero de 2020, la presentación tardía de la declaración sucesoral la multa equivale a 100 unidades tributarias (artículo 103, numeral 3 del código derogado). Ahora, si el retraso supera un año, serán 150 unidades tributarias (artículo 103, numeral 1 del código derogado).

– Otras consideraciones. Las Declaraciones sustitutivas: Se aplica una multa de 50 euros por presentar más de una declaración sustitutiva o la primera declaración sustitutiva fuera del lapso para declarar (artículo 103, numeral 5 del código vigente).

Interés moratorio: Además de las multas, el heredero también debe pagar intereses moratorios si no paga el impuesto a tiempo.

IX . Puntos Importantes sobre la Declaración Sucesoral

  1. Obligación Legal: El cumplimiento del plazo para presentar la declaración sucesoral es un deber legal obligatorio. El incumplimiento de este plazo puede acarrear sanciones administrativas significativas.
  2. Recomendación: Se recomienda iniciar el trámite de la declaración sucesoral lo antes posible para evitar inconvenientes y posibles sanciones.
  3. Importancia de la Asesoría Profesional: Es crucial contar con la asesoría de un profesional especializado en sucesoral derecho para realizar correctamente el trámite de la declaración sucesoral y asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones legales.
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