Concubinato Postmortem todos los bienes a nombre del Concubino Sobreviviente

Concubinato Postmortem cuando todos los Bienes adquiridos durante la relación estan a nombre del Concubino SOBREVIVIENTE caso de los hijosConcubinato Postmortem ¡¡¡ Cuando la Totalidad de los Bienes adquiridos durante la relación se encuentra registrada exclusivamente a nombre del Concubino SOBREVIVIENTE !!!

Gracias por visitar nuestras publicaciones. Hoy vamos a adentrarnos en una realidad jurídica y social que, lamentablemente, genera mucha incertidumbre y dolor: la situación de los Hijos Herederos y el Patrimonio cuando en una unión concubinaria, sin un Acta Registrada que lo convalide, termina con el fallecimiento de uno de sus miembros, y todos los bienes están a nombre del sobreviviente, es necesario una Declarativa.

Punto de Partida: Un Amor No Siempre Registrado

Imaginemos el escenario: una pareja que convivió durante años, construyó una vida en común, compartió sueños y esfuerzos. Adquirieron bienes, quizás una casa, un vehículo, ahorros, todo fruto de un proyecto de vida compartido. Sin embargo, por diversas razones, nunca formalizaron su relación a través del Registro del Concubinato.

El concubinato, o unión estable de hecho, es una realidad social y jurídica en Venezuela, protegida por nuestra Constitución. El Artículo 77 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es claro: «El matrimonio y la unión estable de hecho tienen protección igual por la ley». Esto es fundamental. Pero, ¿qué pasa cuando uno de los concubinos fallece y los bienes, por alguna razón, están registrados solo a nombre del sobreviviente? Aquí es donde surge el conflicto.

El Dilema Hereditario: ¿Qué Hacen los Hijos del Fallecido?

Cuando el concubino fallece, sus hijos, que son sus herederos legítimos según la ley, se encuentran con que los bienes adquiridos durante la unión de su padre o madre están a nombre de la persona sobreviviente. Esto plantea una pregunta crucial: ¿Cómo pueden reclamar lo que consideran la parte de la herencia de su progenitor?

La respuesta no es sencilla, pero la ley nos da una vía: la demanda de reconocimiento de unión concubinaria postmortem. No es una demanda contra el amor o el recuerdo, sino una acción legal para que se declare formalmente, y después de la muerte, que esa unión existió y tuvo efectos jurídicos.

El Corazón del Asunto: La Comunidad de Gananciales Concubinaria

El reconocimiento de la unión concubinaria es el primer paso, pero el objetivo final es la declaración de la comunidad de gananciales concubinaria.

¿Qué significa esto? Significa que, si se prueba que la unión fue pública, notoria, estable, singular y duradera, se presume que los bienes adquiridos a título oneroso durante esa relación pertenecen a ambos concubinos por partes iguales.

En otras palabras, aunque la escritura de la casa o el título del carro esté solo a nombre del sobreviviente, si se demuestra que ese bien se compró con el esfuerzo o los recursos de ambos durante el concubinato, la mitad de ese bien le correspondía al fallecido. Y es sobre esa mitad que los hijos pueden ejercer su derecho a heredar.

La Carga de la Prueba: Demostrando una Vida Compartida

Para lograr este reconocimiento, no basta con decir que la unión existió. Los hijos demandantes deben presentar pruebas contundentes:

·Evidencia de Convivencia: Contratos de arrendamiento, recibos de servicios, correspondencia, que muestren que vivían bajo el mismo techo.

·Testimonios: Vecinos, amigos, familiares que puedan dar fe de la relación estable, pública y notoria.

·Pruebas de Proyectos Compartidos: Fotos, viajes, cuentas bancarias conjuntas (si las hubo), o cualquier indicio de que había un proyecto de vida en común.

·Documentos: Recibos de pago, facturas, que demuestren que ambos contribuían a los gastos o inversiones.

Es como reconstruir un rompecabezas de la vida de esa pareja, pieza por pieza, ante los ojos del juez.

Un Camino Necesario pero Complejo

Este tipo de demandas son cruciales para la justicia sucesoral y la protección del patrimonio familiar.

Sin embargo, también son procesos complejos, que requieren de un abogado experto, mucha documentación y, a veces, un tiempo considerable.

Es un recordatorio de que, incluso en el amor, la prevención es clave. Siempre es recomendable buscar asesoría legal para proteger el patrimonio, ya sea a través de un registro formal delconcubinato, testamentos, o acuerdos patrimoniales en las uniones de hecho, para evitar estas dolorosas batallas legales post-mortem.

Conclusión: Honrando el Legado Familiar

En definitiva, la lucha por el patrimonio en las uniones de hecho post-mortem es una búsqueda de justicia y reconocimiento. Es el intento de los hijos por asegurar que el legado de su padre o madre, forjado en una vida compartida, no se diluya y que la protección que la ley otorga al amor y a la familia, prevalezca.

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